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¿Sabías que Caritas de Guatemala cuenta con un Decreto que le permite importar productos enviados desde el extranjero sin pago de impuestos?
Cáritas de Guatemala cuenta con el Decreto Número 46-2003 del Congreso de la República de Guatemala, una herramienta jurídica que permite atender los diferentes programas de beneficencia social en las áreas de economía, educación, salud, cultura y formación, esto porque dicho decreto legislativo otorga a Caritas de Guatemala el beneficio de exención de tributos a la importación, esto quiere decir que los productos enviados desde el extranjero, al momento de ingresar a nuestro país por la aduana, no pagarían el Impuesto al Valor Agregado -IVA- y los Derechos Arancelarios a la Importación -DAI-, un beneficio que tiene como fin primordial que los productos enviados lleguen a la población guatemalteca más necesitada y de escasos recursos con el objetivo de satisfacer algunas necesidades básicas de subsistencia, es por eso que Caritas de Guatemala cuenta con un Departamento de Importaciones en la que se canaliza toda la coordinación y operación que representa todo el proceso logístico de importación, desde la intención del proveedor hasta la entrega de los productos al destinatario o beneficiario.
¿Cuáles son los beneficios de importar productos a través de Caritas de Guatemala?
¿Quiénes pueden gozar de estos beneficios sin pagar impuestos a la importación de acuerdo al Decreto Número 46-2003 del Congreso de la República?
Todas las circunscripciones eclesiásticas de la República de Guatemala y las instancias o instituciones dedicadas a la beneficencia, entre los que están las Diócesis, Arquidiócesis, Vicariatos, Prelaturas, parroquias, etc.
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